Ofrecer una cifra general siquiera aproximada de los costes de adaptación al RGPD parece una tarea imposible, ya que las características previas de cada organización, la naturaleza de su negocio y los datos recogidos hasta el momento influyen directamente en las obligaciones marcadas por la nueva normativa.
Una empresa pequeña cuyo tratamiento de datos de carácter personal sea muy reducido puede solventar su adaptación al RGPD con una inversión de apenas unos cientos de euros, mientras que una multinacional puede tener que preparar un presupuesto significativamente más importante.

Las características previas de cada empresa, la naturaleza del negocio y los datos recogidos antes de la entrada en vigor del RGPD, influyen directamente en las obligaciones recogidas por la nueva normativa y, por tanto, en los costes de adaptación a la misma.

En cualquier caso, lo que sí vamos a identificar en este post son los principales factores determinantes a la hora de valorar el coste económico del cumplimiento del nuevo RGPD:

1. El sector de actividad y el tipo de datos tratados

Los datos de carácter sensible, como por ejemplo la salud o las finanzas se someten a una regulación mucho más estricta que otro tipo de datos y, por tanto, un mayor coste para su cumplimiento.

2. El tamaño de la organización

Aunque las obligaciones recogidas por el RGPD se aplican con carácter general e independientemente del tamaño de la organización, el carácter documental tiene un mayor desarrollo en el caso de grandes entidades.
Así mismo, resulta obvio que la adaptación de las bases de datos, procesos y sistemas de información que gestionan grandes volúmenes de datos, referentes a miles de sujetos interesados implica un mayor coste.

3. La infraestructura previa a la entrada en vigor del RGPD

Tal y como indicábamos al comienzo, la presencia previa de una infraestructura y procesos destinados a la protección de los datos puede reducir considerablemente los costes de adaptación al RGPD. En este caso, los costes se limitarán fundamentalmente a la revisión y modificación de los programas de gestión, los contratos con los suministradores oportunos y los procesos utilizados.
Por el contrario, si en tu empresa no contabas con un sistema de protección y gestión de datos de carácter personal previo a la entrada en vigor del RGPD, te verás obligado a asumir nuevos costes, tanto en términos de personal, como en lo referente a la nueva infraestructura.

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